Bancario Bancario 02/07/2024

¿Qué hacer si Axactor te está reclamando una deuda?

Reclamación deuda Axactor

Si una empresa llamada Axactor se ha puesto en contacto contigo para reclamarte que pagues una deuda, puede ser por distintas razones. En este artículo vamos a explicarte cuáles son y qué puedes hacer tú frente a la reclamación de Axactor.

¿Qué es Axactor y a qué se dedica?

Axactor es una agencia de recobro noruega, por lo que su actividad consiste en la gestión del cobro de deudas para otras empresas. Entre sus clientes, cuenta con algunos tan conocidos como Caixabank, BBVA, Banco Santander, ING, Unicaja, Banco Sabadell, Kutxabank y Bankinter.

Sin embargo, esta empresa también se dedica a comprar deuda impagada a sus clientes. Por ejemplo, en los últimos años han adquirido deuda de Unicaja y de Banco Santander.

Los fondos compradores de deuda, como es el caso de Axactor, compran deuda de difícil cobro a un precio que está muy por debajo de su valor real (podemos estar hablando del 20% de dicho valor, por ejemplo). De esta forma, la empresa que tenía la deuda recupera al menos una parte del dinero que le deben y se evita tener que dedicar tiempo y recursos al proceso de cobro.

Por otro lado, el fondo que compra la deuda aspira a hacer un gran negocio con ello. Esto es debido a que si bien la adquieren a un precio muy bajo, luego tratan de cobrársela al deudor en su totalidad, para obtener así un margen de beneficio muy grande. No hay que olvidar que no se trata solo del principal de la deuda, sino también de los intereses remuneratorios y los intereses de demora correspondientes.

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Axactor me pide que pague una deuda, ¿Qué puede ocurrir ahora?

Si Axactor te solicita que pagues una deuda, probablemente están gestionando una deuda que contrajiste con otra empresa, o bien han adquirido dicha deuda. Vamos a explicarte qué puede ocurrir en estos casos:

Que recurran al proceso monitorio para reclamarte judicialmente la deuda

Si bien este tipo de reclamaciones empiezan por medios extrajudiciales, cuando no logran cobrar la deuda de este modo, estas empresas reclaman la deuda en vía extrajudicial, instando para ello un procedimiento monitorio.

Los trámites son bastante sencillos. La empresa presenta en el juzgado la petición de monitorio, y adjunta la documentación acreditativa de la deuda. En el juzgado comprueban todos los documentos, y si todo está correcto, envían una notificación al deudor para que, en el plazo de 20 días, pague la deuda o presente oposición al monitorio.

Si el deudor formula oposición, el monitorio se archiva y la reclamación continúa por los cauces del procedimiento que corresponda, que puede ser el juicio verbal (hasta 15.000 euros) o el juicio ordinario (de 15.000 euros en adelante).

Que soliciten tu embargo

En caso de que no pagues después del monitorio, o si no lo haces tras formular oposición sin éxito, Axactor puede solicitar al juzgado el embargo de tus bienes. Esta empresa no puede embargar directamente, ni ninguna otra puede hacerlo, pero sí puede solicitar judicialmente que se despache ejecución y se embarguen los bienes del deudor.

Entonces, si Axactor solicita el embargo en el juzgado, se aplicarán las reglas del artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Esto quiere decir que si llegas a un acuerdo con la empresa sobre los bienes a embargar, se respetaría. Pero si no, decidiría el letrado de la Administración de Justicia, conforme a dos criterios: la mayor facilidad para la enajenación de los bienes y tratar de perjudicarte lo menos posible.

También puede suceder que no haya acuerdo y que, por las particularidades de tu caso, no sea fácil aplicar esas pautas. En tal caso, se embargarían los siguientes bienes, y por este orden:

  • Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo, y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores.
  • Joyas y objetos de arte.
  • Rentas en dinero, con independencia de su origen y de la razón de su devengo.
  • Intereses, rentas y frutos de toda especie.
  • Bienes muebles o semovientes, acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales.
  • Bienes inmuebles.
  • Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas.
  • Créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.

Se podrían embargar también empresas si, en función del caso, es mejor opción que el embargo de otros bienes.

Que te incluyan en un fichero de morosos

Otra posible consecuencia de que Axactor te esté reclamando el pago de una deuda es que envíe tus datos a un fichero de morosos, como pueden ser ASNEF o BADEXCUG. Uno de los requisitos para que puedan hacerlo es, precisamente, que haya un requerimiento previo de pago.

Ahora bien, también tienen que cumplirse otros requisitos para la inclusión en el fichero de morosos. Si esta se produce sin que se reúnan las condiciones, podrías reclamar una indemnización por inclusión indebida y vulneración del derecho al honor.

En estos casos, la indemnización puede llegar a ser bastante más alta que la cuantía de la deuda que aparecía en el fichero de morosos, ya que no tienen que ser proporcionales. Para valorar la indemnización, lo que se tiene en cuenta es el daño que ha provocado la inclusión indebida de los datos.

¿Qué puedo hacer si Axactor me reclama el pago de una deuda?

A continuación te explicamos qué puedes hacer si Axactor te solicita el pago de una deuda:

Buscar posibles causas para reclamar

Es muy importante que no pagues sin antes comprobar si hay causas legales para reclamar el contrato por el que se originó la deuda, de que de ello dependería que esta se pudiera reducir o que incluso no tuvieras que pagar cantidad alguna finalmente. Así las cosas, es fundamental asegurarse antes incluso de una posible reclamación judicial.

Por ejemplo, se puede reclamar si existen intereses remuneratorios usurarios en el contrato, lo que conllevaría su anulación, de manera que solo te quedaría por devolver el principal pendiente, pero no ningún interés (ni remuneratorio ni de demora). Si ya hubieras devuelto todo el principal, podrían incluso tener que devolverte los intereses ya abonados. Y dependiendo del alcance de la declaración de nulidad, es posible que incluso tengan que devolverte también las comisiones y los gastos que hayas pagado.

Según establece la sentencia del Tribunal Supremo 628/2015, de 25 de noviembre, para saber si existen intereses usurarios, estos se tienen que comparar con el interés normal del dinero, en función de las circunstancias del caso y teniendo en cuenta la libertad existente en la materia. Por otro lado, para saber qué considera interés normal, se pueden utilizar las estadísticas del Banco de España con base en la información que mensualmente deben facilitarle las entidades de crédito acerca de los tipos de interés que aplican a diversas modalidades de operaciones activas y pasivas.

La sentencia del Tribunal Supremo 149/2020, de 4 de marzo, ha añadido dos matices muy importantes a lo anterior:

  • La comparación se tiene que hacer respecto a la categoría más específica que haya dentro de otras más amplias, en su caso.
  • Cuanto más alto sea el interés normal del dinero, habrá menos margen para incrementar el precio de la operación sin que se incurra en usura.

En caso de que la deuda se haya originado por el impago de una tarjeta revolving, los intereses se considerarán usurarios si la TAE del contrato supera en al menos 6 puntos porcentuales el interés medio del producto en la fecha de contratación. Así lo ha establecido la sentencia del Tribunal Supremo 258/2023, de 15 de febrero.

También se puede estudiar la posibilidad de reclamar por intereses de demora abusivos. Estos lo serán, conforme a la sentencia del Tribunal Supremo 165/2015, de 22 de abril, cuando superen en más de 2 puntos porcentuales el interés remuneratorio del contrato. Pues bien, si se entiende que hay intereses abusivos, se anularía la cláusula que los establece, y esto reduciría la deuda (porque ya solo habría que devolver el principal pendiente y los intereses remuneratorios).

Otra razón por la que se podía reclamar es por falta de transparencia en el contrato, anulándolo parcial o totalmente si la reclamación resultara exitosa. Entre las causas que permiten esta reclamación, algunas de las más importantes son que haya problemas de legibilidad en el contrato, falta de información o un incremento del crédito o del tipo de interés decidido unilateralmente por la entidad.

Negociar que se haga una quita

En caso de no haber base legal para reclamar, siempre se puede intentar negociar una rebaja en el pago de la deuda, es decir, una quita. Hay que tener presente que si Axactor ha comprado la deuda, lo ha hecho por un valor muy inferior al suyo real, por lo que perfectamente pueden aceptar que se les pague una cantidad más baja que el total de la deuda. Esta es una estrategia que funciona muchas veces con estas empresas, porque siguen obteniendo rentabilidad.

Si Axactor está gestionando una deuda que continúa siendo titularidad del acreedor original, igualmente se puede negociar para que acepten la quita.

Comprobar si reúnes las condiciones de la Ley de la Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite que los deudores que cumplen los requisitos eliminen sus deudas, eviten los embargos y desaparezcan de los ficheros de morosos. Su nombre se debe a la ley que aprobó e introdujo esta solución en la Ley Concursal.

Desde el año 2022, en que se produjo una gran reforma de la Ley de la Segunda Oportunidad, el procedimiento apenas reviste complejidad alguna: basta con presentar la solicitud en el juzgado de lo mercantil para que el juez compruebe el cumplimiento de los requisitos. Si en efecto se dan las condiciones, concederá la exoneración de las deudas por auto judicial.

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