Bancario Bancario 15/05/2023

Tarjeta Revolving: qué es y cuánto puedes reclamar

Reclamar tarjeta revolving

¿Compraste un mueble o un electrodoméstico y te ofrecieron la posibilidad de financiarlo mediante una tarjeta en cómodos plazos? ¿Alguna gran superficie o comercio te ofreció una tarjeta de crédito con su marca?

Entonces, es probable que hayas sido víctima de las conocidas tarjetas revolving. En este artículo te explicamos qué son las tarjetas revolving, cuáles son sus principales inconvenientes y cómo puedes reclamarlas.

¿Qué es un contrato de crédito o tarjeta revolving?

La tarjeta revolving es un medio de pago que permite financiar la adquisición de un bien. Por ejemplo, la compra de un coche, los muebles de casa, un electrodoméstico o el pago de un máster, pero también la financiación de compras del día a día, como ocurre con las tarjetas revolving emitidas por supermercados.

Son muchas las personas que se han visto perjudicadas por contratar una tarjeta de crédito de este tipo, ya que las tarjetas revolving se han vuelto muy populares por la agilidad con la que se conceden, pero también crean problemas importantes a muchos consumidores.

Se trata de un crédito al consumo, y se caracteriza porque es más fácil de obtener que un préstamo personal. Ahora bien: los intereses de la tarjeta revolving son más altos, sobre todo cuando la devolución del crédito es mediante pago aplazado.

Si ya has contratado una tarjeta revolving, te habrás dado cuenta de los inconvenientes que tiene el uso de este tipo de crédito al consumo, y aquí encontrarás las claves para reclamar a la entidad financiera.

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¿Cómo se contrata una tarjeta revolving?

La tarjeta revolving se formaliza a través de un contrato, en el cual se establece la cantidad total de la que se puede disponer, así como las cuotas o recibos que se tienen que pagar periódicamente para su devolución.

La cuota es la suma de:

  • Capital principal que se va amortizando.
  • + Intereses.
  • + Comisiones
  • + Gastos derivados de la operación. 

¿Cómo funciona la tarjeta revolving?

Básicamente, la tarjeta revolving funciona como una tarjeta de crédito en la que se puede disponer del dinero aunque no se disponga de fondos en la cuenta asociada a la misma. Sin embargo, el problema está en la forma de devolución del crédito elegida.

En definitiva, a medida que se va pagando con la tarjeta, el importe disponible disminuye, y se va reponiendo a través de las cuotas periódicas que se devuelven.

A diferencia de lo que ocurre con un préstamo personal (donde se concede una suma de dinero determinada que hay que devolver, tanto si se usa como si no), en la tarjeta revolving se puede disponer de la cantidad concedida a medida que se vaya necesitando, dentro del límite y plazo establecidos.

Después, se tienen que devolver las cuotas periódicas (que incluyen intereses, comisiones y gastos), en los plazos acordados.

El titular de una tarjeta de pago revolving decide qué importe pagar, y puede optar por devolver el capital mediante el pago total o aplazado.

En este tipo de créditos es importante conocer las condiciones de amortización de la deuda y elegir bien el plazo para devolverlo. Donde aparece el principal inconveniente de los créditos revolving es, precisamente, en la elección del plazo.

Si el pago es aplazado, se generan intereses por lo general muy altos, lo que conlleva a que en muchas ocasiones no se pueda devolver el dinero y el titular termine en una situación de sobreendeudamiento.

Como vamos a ver a continuación, estos elevados intereses pueden ser considerados usurarios, dando lugar a la nulidad del contrato.

¿Cuándo se puede hablar del cobro de intereses usurarios en la tarjeta revolving?

La usura se regula en la llamada Ley Azcárate, que es la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios.

Pues bien, el artículo 1º de la Ley Azcárate dice lo siguiente:

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

El problema es que la ley no especifica cuándo se debe considerar que el interés de un préstamo cumple con esas condiciones.

Por ello, esta labor ha quedado en manos de la jurisprudencia, que ha ido fijando un criterio generalizado sobre cuándo los intereses son usuarios (con independencia del tipo de préstamo del que se trate, y que antes se aplicaba también a los contratos revolving).

Sin embargo, la sentencia 258/2023 del Tribunal Supremo, de 15 de febrero de 2023, ha establecido un criterio particular para las tarjetas revolving.

Conforme a esta resolución, existe usura en un contrato revolving si la TAE supera en al menos 6 puntos porcentuales el interés medio que tengan este tipo de tarjetas en el momento de su contratación.

Conforme ha señalado el Tribunal Supremo, la comparación debería hacerse en base a la TAE, sin embargo, también admite que pueda hacerse confrontando el TEDR (Tipo Efectivo de Definición Restringida) que publica el Banco de España. No obstante, aclara que esta no se debe confundir con la TAE, que es siempre algo superior, porque la TAE incluye comisiones.

A lo anterior, añade el Tribunal supremo que aunque el TEDR ha sido inferior a la TAE en estos años por no incluir las comisiones, esto no es muy determinante, ya que la usura requiere no solo que el interés pactado supere al común del mercado, sino que lo haga “notablemente”. Pero si se añadieran esas comisiones al TEDR, el tipo sería ligeramente superior (no notablemente), y la diferencia con la TAE sería ligeramente menor.

Así pues, se puede reclamar por usura una tarjeta revolving si esta tiene un interés que supere en al menos 6 puntos porcentuales el que tenían estas tarjetas cuando se hizo el contrato.

Es muy importante tener en cuenta lo siguiente: hablamos en todo momento de los intereses remuneratorios, que son los que se generan con el propio préstamo (es decir, los inherentes al contrato). No hay que confundirlos con los intereses moratorios o de demora, que son los que se van acumulando por no pagar a tiempo.

El control de usura se hace sobre los intereses remuneratorios, siempre. Por lo tanto, son estos los que no pueden superar el límite porcentual establecido por el Tribunal Supremo.

Si no se puede reclamar por usura, ¿hay alguna otra opción?

Sí, se puede reclamar la tarjeta revolving por falta de transparencia. Es decir, porque se entienda que el consumidor no podía ser consciente de las implicaciones reales de firmar el contrato revolving.

Tanto es así que, ya después de la sentencia del Tribunal Supremo 258/2023, han surgido sentencias que han anulado contratos de tarjeta revolving por esta circunstancia.

De ellas, la primera ha sido una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 55 de Madrid, de 27 de febrero de 2023, que entendió que no se ha “acreditado por la entidad demandada que el adherente tuviera ocasión real de conocer las condiciones generales sobre el funcionamiento de la cláusula revolving en relación a los intereses remuneratorios al tiempo de la celebración del contrato, no pudiendo hacerse en consecuencia una idea cabal de la carga económica del contrato”.

¿Qué importe del crédito revolving se puede recuperar?

Cuando el contrato de crédito revolving sea declarado nulo por sentencia, el banco tendrá que devolver al consumidor todo aquello que haya excedido de la devolución del principal del préstamo. Así pues, este recuperará tanto los intereses remuneratorios como los intereses de demora que haya pagado.

Conforme al artículo 3º de la Ley Azcárate:

Declarada con arreglo a esta ley la nulidad de un contrato, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado.

Así las cosas, para reclamar los intereses que el banco ha cobrado de forma usuraria, hay que solicitar la nulidad del contrato de crédito. Una vez declarado nulo, el banco tendrá que devolver la cantidad que supere el capital prestado.

Ya he cancelado mi tarjeta revolving: ¿puedo reclamar?

Sí. En estos casos la acción de nulidad no prescribe. Es decir: no existe un límite de tiempo para presentar la reclamación.

Por lo tanto, se pueden reclamar los créditos usurarios de tarjetas ya canceladas incluso hace años.

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