Bancario Bancario 18/01/2023

Intereses de demora en préstamos personales: ¿qué son y cómo reclamar?

Interés de demora en préstamos personales

Cuando se firma un préstamo personal, este conlleva unos intereses que se derivan del propio contrato (los intereses remuneratorios), pero también otros intereses que se tendrían que pagar solo en caso de impago. Son los llamados intereses de demora o moratorios, y a continuación vamos a explicarte en qué consisten.

¿Qué son los intereses de demora?

Los intereses de demora, o intereses moratorios, son aquellos que tiene que pagar el deudor a su acreedor desde el momento en que no paga su deuda y pasa a ser moroso. Por lo tanto, son intereses que se generan cuando se incumple la obligación de pago, incurriendo en mora.

Así pues, los intereses de demora operan como una suerte de indemnización que el deudor tiene que pagar al acreedor por el retraso en el pago de la deuda.

Estos intereses se aplican en todo tipo de contratos, y también en deudas públicas, (con Hacienda y la Seguridad Social, principalmente). La Ley de Presupuestos Generales del Estado establece el interés de demora cada año, siendo actualmente el interés legal del dinero aumentado en un 25%.

No obstante, las partes pueden pactar un interés de demora distinto al que establece el Gobierno.

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¿Cuáles son los requisitos de los intereses de demora?

Para que sean exigibles los intereses de demora, es necesario que se den los siguientes requisitos:

  • La deuda debe ser una cantidad de dinero.
  • Tiene que tratarse de una deuda vencida. Es decir, se debe haber cumplido la fecha de pago.
  • Las partes tienen que haber acordado el pago de intereses en caso de incumplimiento del pago de la deuda.

¿Cuándo se cobran los intereses de demora?

Se pueden cobrar intereses de demora desde el momento en que la deuda es exigible. Por ello, es necesario que haya llegado la fecha de pago y que este no se haya producido.

¿Cómo se calculan los intereses de demora?

A la hora de calcular los intereses de demora, hay que aplicar la fórmula siguiente:

Interés de demora = (cantidad que se debe) x (días de retraso en el pago/365) x (tipo de interés de demora acordado por las partes o establecido legalmente)

Vamos a ver esta fórmula en un ejemplo. Contratamos un préstamo por el que tenemos que pagar una cuota mensual de 250 euros. Nos retrasamos 30 días en el pago de una mensualidad, y el interés de demora es del 2%:

Interés de demora= 250 x (30/365) x (2/100)= 0,41 €

En este caso habremos generado 0,41 euros por intereses moratorios durante ese tiempo.

¿Qué tipos de intereses de demora existen?

De forma general, podemos hablar de los siguientes tipos de intereses de demora:

Interés de demora en préstamos personales

Son los que se derivan de productos financieros como préstamos rápidos o tarjetas revolving. Y según la sentencia del Tribunal Supremo 265/2015, de 22 de abril, el interés de demora de los préstamos personales no podrá superar más de 2 puntos porcentuales el interés remuneratorio que hayan fijado las partes.

Entonces, si por ejemplo el interés remuneratorio de un préstamo personal es del 3%, el interés moratorio puede ser como máximo del 5%.

Interés de demora en créditos al consumo

Los créditos al consumo son préstamos personales en los que el consumidor no cuenta con una protección especial. Y en estos casos, el interés no puede superar en 2,5 veces al interés legal del dinero, por lo que en estos momentos está en el 8,125%.

Interés de demora en préstamos hipotecarios

El interés de demora en préstamos hipotecarios para la compra de vivienda no puede ser superior a 3 veces el interés legal del dinero, por lo que actualmente está en el 9,75%.

Interés de demora en operaciones comerciales

El interés de demora en las operaciones comerciales (entrega de bienes o servicios) el interés de demora está en el 8% en la actualidad.

Interés legal del dinero

Si las partes no establecen el tipo de interés de demora aplicable al impago, se aplicará el interés legal del dinero. En estos momentos, está establecido en el 3,25% (se ha incrementado en 2023, hasta entonces se mantenía en 3% desde el año 2016).

Interés de mora procesal

Cuando se dicta una sentencia que condena al pago a una persona, se devenga un interés anual en favor del demandante, que es igual al interés legal del dinero aumentado en 2 puntos. Por lo cual, actualmente el interés de mora procesal es del 5,25%.

¿En qué se diferencian los intereses de demora de un préstamo personal de los intereses remuneratorios?

La diferencia entre los intereses de demora y los remuneratorios se encuentra en que mientras los intereses de demora se aplican cuando no se paga una deuda, los intereses remuneratorios son aquellos que se derivan del propio préstamo.

Es decir, los intereses remuneratorios son los que hay que pagar por el hecho en sí de firmar el contrato, como retribución al prestamista y con la finalidad de compensar la devaluación que sufre el dinero con el paso del tiempo.

¿Cuándo se considera que los intereses de demora de un préstamo personal son abusivos?

Como vimos anteriormente, los intereses de demora en un préstamo personal no pueden superar en 2 puntos al interés remuneratorio acordado en el préstamo. Por ello, los intereses de demora se considerarían abusivos a partir de ese límite.

Lo vemos con un ejemplo. Firmamos un préstamo con un interés remuneratorio del 3%, y el interés de demora es del 6%. Serían intereses moratorios abusivos, ya que, como máximo, estos intereses podrían ser del 5% en este caso.

¿Qué consecuencias tienen los intereses de demora abusivos en un préstamo personal?

Las consecuencias de pactar un interés de demora en un préstamo personal por encima del límite legal son las siguientes:

  • Se eliminaría la cláusula de interés de demora.
  • Se suprimiría el aumento del tipo de interés que conlleva el interés de demora acordado.
  • Continuaría el devengo del interés remuneratorio hasta reintegrarse la cantidad prestada.

¿Cómo se puede reclamar por intereses de demora abusivos?

Para reclamar por intereses de demora abusivos en un contrato de préstamo personal, en primer lugar conviene hacer una reclamación extrajudicial ante el servicio de atención al cliente de aquella entidad que haya prestado el dinero. Se solicitará que se elimine la cláusula y que se devuelvan las cantidades que se hayan pagado hasta ese momento en concepto de intereses de demora.

Si lo anterior no surte efecto, es momento de acudir a la Justicia para continuar reclamando, presentando una demanda ante la jurisdicción civil. La petición sería la misma: que se suprima la cláusula y se devuelva el dinero que se haya pagado por intereses de demora abusivos, siendo en este caso el Juez quien tiene que resolver.

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