Bancario Bancario 28/04/2023

¿Qué hacer si Welp te lleva a un juicio monitorio?

WELP juicio monitorio

No pagar a una empresa que ofrece préstamos rápidos, como Welp, conlleva el riesgo de que el asunto termine en un juicio monitorio (con las consecuencias que ello implica).

Si te encuentras en esta situación y quieres saber qué puedes hacer, a continuación te explicaremos qué opciones tienes si Welp te lleva a un procedimiento monitorio.

¿Qué puede ocurrir si no pago lo que le debo a Welp?

Aunque cabe esperar que intenten cobrar la deuda reclamando extrajudicialmente en primer lugar, si continúas sin pagar, es posible que te demanden para ir al juicio monitorio. No obstante, siempre puedes anticiparte, contactando cuanto antes con un abogado experto en deudas, como te explicaremos más adelante.

En caso de que efectivamente Welp interponga un juicio monitorio contra tí, el Juzgado revisará la documentación aportada. Una vez que corrobore que la cuantía reclamada es correcta, te requerirá para que pagues o formules oposición en un plazo de 20 días.

Si una vez transcurrido ese plazo no pagas ni tampoco te opones al monitorio, la entidad puede solicitar al Juzgado que se despache ejecución. Es decir, que te embarguen para poder cobrar.

Cuando se produce un embargo judicial, se aplican las reglas contenidas en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En este precepto vas a encontrar el listado de bienes que te podrían llegar a embargar. Si quieres información sobre los bienes inembargables, puedes consultar los artículos 605, 607 y 608 de esta ley.

Algo importante que debes tener presente es que para que Welp te embargue, se tiene que haber producido un impago después del requerimiento en el juicio monitorio. Es decir, que esta empresa no puede embargarte directamente, sino que solo pueden solicitar tu embargo una vez concluido sin éxito el procedimiento.

Sí pueden, no obstante, mandar tus datos al ASNEF. Para ello no será necesario que haya tenido lugar un juicio monitorio siquiera, ya que solo tendrían que acreditar la deuda. Y aparecer en un fichero de morosos puede complicarte la situación, por ejemplo, si tienes que solicitar un préstamo nuevo (aunque sea en otra financiera).

¿Crees que tu préstamo Welp tiene intereses abusivos?En indemniza.me somos abogados especialistas en reclamar intereses abusivos a Welp. Si necesitas un despacho con amplia experiencia en reclamaciones a entidades financieras, contacta con nosotros y solicita un estudio de viabilidad gratis y sin compromiso.

¿Cuándo prescribe mi deuda con Welp?

El artículo 1964.2 del Código Civil establece lo siguiente: “Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación”.

Es por ello que el plazo de prescripción de los préstamos rápidos es de 5 años. Ahora bien, esto no significa que cuando hayan pasado 5 años desde que se originó la deuda, ya no te puedan reclamar.

El plazo de prescripción es el que tiene el acreedor para exigirte el pago de la deuda. Pero cada vez que realice alguna acción de reclamación, o tú reconozcas de alguna forma la deuda, ese plazo comenzará de nuevo. Y así sucesivamente.

Entonces, la deuda no prescribiría hasta que hubieran pasado 5 años completos sin ocurrir ninguna de esas dos cosas. Como podrás imaginar esto es complicado, ya que lo lógico es que tu acreedor esté pendiente para que esto no suceda.

No puedo pagarle a Welp lo que le debo, ¿qué puedo hacer?

Para dar respuesta a esta pregunta, tenemos que diferenciar cada una de las fases en las que se puede encontrar la deuda:

Antes del juicio monitorio

Anteriormente dijimos que debías contactar con un abogado especializado en deudas antes incluso de un posible procedimiento. Esto se debe a que este profesional puede analizar tu caso para asesorarte sobre si existe alguna razón por la que se pueda anular el contrato, o al menos una parte del mismo.

En primer lugar, es muy importante hacer ciertas comprobaciones sobre los intereses, que pueden ser de dos clases:

  1. Intereses remuneratorios, es decir, los que genera el propio contrato.
  2. Intereses de demora o moratorios, que son los que se producen con el retraso en el cumplimiento del pago.

Pues bien, los intereses remuneratorios podrían conllevar la nulidad del contrato si se consideraran usurarios. En ese caso, sucedería lo siguiente:

  • Ya no tendrías que pagar intereses, remuneratorios ni de usura. Tan solo deberías el principal pendiente, si no estuviera aún totalmente amortizado.
  • En caso de que ya hubieras pagado intereses de algún tipo, se te tendrían que devolver las cantidades desembolsadas.

Para saber qué se consideran intereses de usura, en la sentencia del Tribunal Supremo 628/2015, de 25 de noviembre, se señala que estos intereses se tienen que comparar con el interés normal del dinero, teniendo en consideración las circunstancias del caso y la libertad que rige en esta materia.

La misma sentencia señala que para saber qué se entiende por interés normal, se pueden consultar las estadísticas que publica el Banco de España, en base a la información facilitada mensualmente por las entidades de crédito acerca de los tipos de interés que aplican a diferentes tipos de operaciones activas y pasivas.

En relación a los intereses moratorios, si dichos intereses fueran abusivos, se podrían anular. Y por lo tanto:

  • La deuda sería menor, ya que solo tendrías que pagar el principal y los intereses remuneratorios, pero no los de demora.
  • Si ya hubieses pagado intereses moratorios, tendrían que devolverte esas cantidades.

Saber si los intereses moratorios son abusivos es más sencillo. La sentencia del Tribunal Supremo 265/2015, de 22 de abril, ha indicado que los intereses de demora resultan abusivos si superan en más de 2 puntos porcentuales el interés remuneratorio del contrato.

No solo se puede reclamar por los intereses, ya que existen otros aspectos que también pueden ser objeto de reclamación. Un ejemplo de ello sería que se entendiera que el contrato es de difícil comprensión para un usuario medio.

Siempre es mejor intentar reclamar primero de forma extrajudicial, tratando así de evitar ir a juicio. Para ello, puedes dirigirte al servicio de atención al cliente de Welp. Y si esto da resultado, puedes reclamar también por la vía judicial.

Durante el procedimiento monitorio

Ya sabes que si Welp te lleva al juicio monitorio, el Juzgado te dará 20 días para que pagues la deuda, o bien para que te opongas al monitorio presentando escrito de oposición. Este trámite requeriría de abogado y procurador si la cuantía de la deuda es superior a 2.000 euros.

Entonces, podrías presentar oposición por las causas que hemos explicado en el anterior apartado, pero también por otras. Por ejemplo, si has pagado ya parte de la cantidad que te están reclamando, por lo que consideras que la deuda es menor.

Después del procedimiento monitorio

En el caso de que el juicio ya haya terminado y no hayas pagado en los 20 días de plazo, Welp puede solicitar al Juzgado que te embarguen. Esto complicaría la situación, y probablemente no te quede más opción que pagar antes de que el embargo llegue a materializarse.

¿Puedo hacer algo si Welp me incluye en el ASNEF?

En indemniza.me somos abogados especialistas en ficheros de morosos. Estudiaremos tu caso gratis y te explicaremos si puedes reclamar.

Si Welp te ha incluido en el ASNEF por no pagar lo que le debes, pues ponerte en contacto con un abogado experto en la materia para que analice si se han dado los requisitos legales para que tus datos consten en el listado de morosos.

Si no fuera así, podrías presentar una demanda reclamando una indemnización por inclusión indebida y vulneración del derecho al honor.

En indemniza.me somos especialistas en reclamaciones por usura y falta de transparencia en tarjetas revolving y en reclamación de indemnizaciones por inclusión indebida en ficheros de morosidad y derecho al honor.

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