Bancario Bancario 11/01/2024

¿Qué hacer si myKredit te lleva a un juicio monitorio?

MyKredit juicio monitorio

Si has solicitado un préstamo rápido o micropréstamo a myKredit y tu situación actual te impide pagar, a continuación te explicaremos qué puedes hacer si esta entidad te demanda.

¿Qué ocurre si no puedo pagar lo que le debo a myKredit?

En caso de que no puedas pagar la cantidad que debes a myKredit, debes tener en cuenta que esta entidad puede demandarte, con la intención de que se celebre un procedimiento monitorio para recuperar su dinero. Así pues, es importante que contactes con un abogado especialista en deudas cuanto antes, incluso antes de que se produzca esa circunstancia.

Si finalmente myKredit te demanda y se celebra el juicio monitorio, desde el juzgado te darán un plazo de 20 días en los que tendrás que pagar la deuda. En caso de que tengas alguna razón para oponerte al monitorio, debes hacerlo también durante ese tiempo. Esto último puede ocurrir si, por ejemplo, tu abogado considera que hay falta de transparencia o intereses usurarios en el contrato.

Ahora bien: una vez transcurrido el plazo, si no has pagado la cantidad que te exigen, se podrá solicitar y ordenar el embargo de tus bienes. Esto podría afectar a tus cuentas corrientes en primer lugar, pero también te podrían embargar otros bienes, conforme a lo dispuesto en el artículo 592.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

También es fundamental que sepas que myKredit no puede embargarte directamente, ya que esta es una medida que se ordena judicialmente en estos casos. Aunque si después del juicio monitorio no pagas, pueden hacer de forma indirecta que te embarguen, por orden del juzgado.

Por otro lado, si no pagas a myKredit, esta empresa puede enviar tus datos para que te incluyan en el listado de morosos de ASNEF. La inclusión en ficheros de morosidad podría provocarte problemas, por ejemplo a la hora de solicitar un nuevo préstamo (a cualquier otra entidad) o de contratar Internet en casa, entre otras posibilidades.

¿Crees que tu préstamo myKredit tiene intereses abusivos?En indemniza.me somos abogados especialistas en reclamar intereses abusivos a myKredit. Si necesitas un despacho con amplia experiencia en reclamaciones a entidades financieras, contacta con nosotros y solicita un estudio de viabilidad gratis y sin compromiso.

¿Cuándo prescriben las deudas con myKredit?

Este tipo de deudas prescriben a los 5 años, según lo dispuesto en el artículo 1964.2 del Código Civil: “Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación”.

No obstante, en la práctica, este tipo de deudas raramente prescriben. Ello se debe a que cada vez que el acreedor reclama el pago de la deuda, o el deudor reconoce la misma, el plazo de prescripción se reinicia. Es decir: tendrían que pasar otros 5 años completos a partir de ese momento para que la deuda prescribiera.

No puedo pagar a myKredit, ¿qué puedo hacer?

Si no puedes pagar tu deuda con myKredit, tus opciones irán en función del momento en el que se encuentre la deuda:

Antes del juicio monitorio

De forma previa a que myKredit te demande, se puede analizar detalladamente el contrato del que se deriva la deuda, por si se puede anular totalmente o en parte.

Por ejemplo, es posible que dicho contrato contenga intereses remuneratorios de usura. Los intereses remuneratorios son los que genera el propio préstamo, y en caso de declararse usurarios, el contrato se consideraría nulo. si eso ocurriera, ya no tendrías que pagar estos intereses ni los intereses de demora que se hubieran producido, sino solo el principal pendiente de devolver. Además, si ya hubieras abonado intereses, se te tendrían que devolver.

Esto sería así si se considerara nula la cláusula que establece los intereses. Pero si se anulara todo el contrato, tendrían que devolverte también cualquier otro concepto pagado a causa del préstamo (comisiones y gastos).

Para saber qué se consideran intereses de usura, tenemos que recurrir a la jurisprudencia, que ha entendido que se deben comparar dichos intereses con el interés normal del dinero, teniendo en cuenta tanto las circunstancias del caso como la libertad que existe en la materia. Así lo recoge la sentencia del Tribunal Supremo 628/2015, de 25 de noviembre.

Dicha sentencia establece también que para saber qué se considera interés normal, se pueden utilizar las estadísticas que publica el Banco de España, tomando como base la información que cada mes deben facilitarle las entidades de crédito acerca de los tipos de interés que aplican a distintas modalidades de operaciones activas y pasivas.

Además, la sentencia del Tribunal Supremo 149/2020, de 4 de marzo, añade que la comparación se debe hacer en base a la categoría de operación más específica que exista, en su caso, dentro de otras categorías más amplias. Y que cuanto más alto sea el interés normal del dinero, habrá un margen menor para incrementar el precio de la operación de crédito sin incurrir en usura.

Por otra parte, existe una jurisprudencia específica para las tarjetas revolving, que surge con la sentencia del Tribunal Supremo 258/2023, de 15 de febrero. En este caso, habrá usura cuando la TAE del contrato supere en al menos 6 puntos porcentuales el interés medio de estos productos en la fecha de su contratación.

También se puede estudiar si el contrato contiene intereses de demora o intereses moratorios abusivos. Según la Sentencia del Tribunal Supremo 265/2015, de 22 de abril, el interés de demora resulta abusivo cuando supera el interés remuneratorio establecido en el contrato en más de 2 puntos porcentuales.

Si los intereses moratorios son abusivos, no se anula el contrato, pero sí aquella cláusula por la que se fijan estos intereses. Entonces, el importe que se debería sería menor, ya que solo habría que devolver el principal y los intereses remuneratorios, pero no los intereses debidos al retraso en el pago de la deuda. Los que ya se hubieran abonado se devolverían, por otra parte.

Estos no son los únicos elementos a comprobar en el contrato. También es importante analizar si resulta difícil de comprender para el usuario medio, ya que esta sería otra causa para reclamar.

Es aconsejable empezar estas reclamaciones extrajudicialmente, a través del servicio de atención al cliente de myKredit. Y si esto no funciona, siempre se puede demandar judicialmente.

Durante el procedimiento monitorio

Como ya hemos explicado, en caso de que se celebrara un juicio monitorio, tendrías un plazo de 20 días para pagar o formular oposición. Esto último quiere decir que podrías oponerte al juicio monitorio en caso de que consideres que no tienes que pagar la deuda que te reclaman, o que el importe reclamado no es correcto.

La oposición al monitorio se puede basar en las mismas causas de las que hemos hablado en el apartado anterior.

Una vez celebrado el juicio monitorio

También hemos visto que si no pagas la deuda después del juicio monitorio, podrían embargarte tu patrimonio. En tal caso, la situación sería complicada, por lo que es posible que tu única posibilidad sea pagar antes de que se materialice el embargo.

¿Qué puedo hacer si myKredit me incluye en el ASNEF?

En indemniza.me somos abogados especialistas en ficheros de morosos. Estudiaremos tu caso gratis y te explicaremos si puedes reclamar.

Si myKredit manda tus datos al ASNEF, te recomendamos que contactes con un abogado experto en la materia para que compruebe que se han observado los requisitos legales para incluirte en este listado de morosos. En caso contrario, podrías demandar para reclamar una indemnización por inclusión indebida y vulneración del derecho al honor.

En indemniza.me somos especialistas en reclamaciones por usura y en reclamación de indemnizaciones por inclusión indebida en ficheros de morosidad y derecho al honor.

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