Bancario Bancario 04/01/2024

¿Qué pasa si no pago una tarjeta de crédito?

No pago tarjeta de crédito

Obtener una tarjeta de crédito no tiene mayores implicaciones, pero, tan pronto como se haga uso de ella, se estará contrayendo una deuda de la que hay que responder. De lo contrario, el impago produciría una serie de consecuencias que vamos a explicar en este artículo.

¿Cuáles son las consecuencias de dejar de pagar una tarjeta de crédito?

Si se produce el impago de una tarjeta de crédito, puede ocurrir todo lo que vemos a continuación:

Se bloquea la tarjeta

En primer lugar, y como no podía ser de otra forma, la tarjeta queda bloqueada cuando comienza el impago, impidiendo pagar con ella. Lo normal es que sea un bloqueo temporal, a fin de que no se acumule más deuda.

Los intereses se incrementan

Al dejar de pagar la deuda de la tarjeta, no se amortiza capital, por lo que los intereses aumentan y se acumulan. Pero, al margen de este crecimiento de los propios intereses de la tarjeta, que son los intereses remuneratorios, comenzarán a añadirse intereses moratorios o de demora, que se derivan del impago.

Entrada en ficheros de morosos

Las entidades que ofrecen las tarjetas de crédito suelen estar adheridas a empresas que gestionan listados de morosos, como ASNEF, RAI o BADEXCUG. Así pues, pueden mandar los datos del deudor cuando comience el impago, siempre que se cumplan los requisitos para ello. Si no se reúnen las condiciones, se puede reclamar por inclusión indebida y vulneración del derecho al honor.

Entrar en un fichero de morosos es un problema, ya que puede causar dificultades por ejemplo si se necesita un préstamo o una hipoteca. Las entidades que ofrecen estos productos suelen consultarlos para saber más sobre el riesgo que puede entrañar la operación.

Reclamación en juicio monitorio

Si bien normalmente se reclaman este tipo de deudas primero de forma extrajudicial, la entidad puede demandar al deudor para intentar cobrarse la deuda judicialmente, habitualmente a través de un procedimiento monitorio. Si esto ocurre, el deudor recibe una notificación en la que se le da un plazo de 20 días para que pague la deuda o formule oposición, en caso de tener base para ello.

Embargo de bienes

Después del monitorio, y a menos que se formule oposición negando la deuda en su totalidad y esto surta efecto, el acreedor puede pedir el embargo del deudor si este no paga en plazo. Todo ello conforme a las reglas del artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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¿Se puede dejar de pagar una tarjeta de crédito?

No se puede dejar de pagar una deuda de una tarjeta de crédito sin más, porque se trata de una obligación contractual de la que hay que responder, necesariamente. En todo caso, tendría sentido no pagar si se presenta una reclamación, por ejemplo por intereses remuneratorios de usura, en su caso.

Según la sentencia del Tribunal Supremo 628/2015, de 25 de noviembre, para saber si los intereses son usurarios, se tendrían que comparar con el interés normal del dinero, teniendo en cuenta las circunstancias del caso y la libertad que rige en la materia.

Respecto a qué se tendría que considerar interés normal, y según establece la misma sentencia, se podría acudir a las estadísticas publicadas por el Banco de España con base en la información mensual que le dan las entidades de crédito acerca de los tipos de interés que aplican a diversas modalidades de operaciones activas y pasivas.

Además de lo anterior, la sentencia del Tribunal Supremo 149/2020, de 4 de marzo, ha explicado que que la comparación debe hacerse respecto a la modalidad de operación más específica que exista, dentro de otras más amplias, en su caso. Igualmente, ha indicado la sentencia que habrá menos margen para aumentar el precio de la operación sin usura cuanto mayor sea el interés normal del dinero.

Por otra parte, si estamos hablando de una tarjeta revolving, existe un criterio concreto, que surge de la sentencia 258/2023 del Tribunal Supremo, de 15 de febrero de 2023: habrá interés de usura si existe una diferencia de al menos 6 puntos porcentuales entre la TAE del contrato y el interés medio que tenían estas tarjetas cuando fueron contratadas.

También se puede reclamar si el contrato tiene intereses de demora abusivos, lo que sucederá en caso de que estos superen en más de 2 puntos porcentuales al interés remuneratorio del contrato, según la sentencia del Tribunal Supremo 265/2015, de 22 de abril. Además, existen otras causas por las que se puede reclamar si procede, como es la falta de transparencia, entre otras posibilidades.

Así las cosas, siempre que exista causa para reclamar, se podrá dejar de pagar de momento la deuda de la tarjeta de crédito, hasta que se resuelva la reclamación. Sin embargo, es más aconsejable continuar pagando, para evitar posibles acciones por parte de la empresa acreedora, como por ejemplo la inclusión en un fichero de morosos.

Sea como sea, es fundamental hacer este tipo de reclamaciones con el asesoramiento de un abogado experto en la materia, quien podrá valorar todas las posibles causas para reclamar y solicitar la nulidad del contrato, total o parcialmente, logrando que se reduzca la deuda si la reclamación resulta exitosa.

¿Cómo se hace una reclamación de una tarjeta de crédito?

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