Bancario Bancario 10/06/2024

¿Cuándo se considera que una TAE es abusiva o usuraria?

¿Cuándo se considera que un TAE es abusivo o usurario?

La TAE o Tasa Anual Equivalente es la cantidad real que se paga por obtener un préstamo dinerario. Esta tasa incluye el TIN o tipo de interés nominal, así como otras comisiones (por ejemplo, la de cancelación o la de apertura del préstamo).

Este indicador da la información del coste de la adquisición del dinero prestado. Pues bien: aunque cada entidad bancaria puede determinar los intereses de los préstamos que concede, establecer un porcentaje de TAE abusivo es ilegal.

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¿Cómo identificar una TAE abusiva?

Antes de responder a esta pregunta, tenemos que diferenciar entre:

  • Intereses remuneratorios del contrato, consistentes en los intereses que conlleva el propio préstamo. Dicho de otra forma, es el precio por recibir el dinero prestado, y es esto lo que se identifica normalmente con la TAE (si bien esta incluye además el resto de gastos del préstamo y denota el coste real del contrato).
  • Intereses de demora o moratorios, que son los que se tienen que abonar por el retraso en el pago del préstamo.

Entonces, cuando hablamos de que la TAE es abusiva, nos referimos a que el coste real del préstamo es excesivo y puede considerarse usurario o bien poco transparente.

La mayor parte de las veces cuando se dice que una TAE es abusiva implica que los intereses remuneratorios del contrato son usurarios. Es importante no confundir esto con los intereses de demora abusivos.

No obstante, en otros supuestos aunque el tipo de interés no sea tan elevado, los costes ocultos asociados al préstamo elevan la TAE de forma desproporcionada hasta límites muy superiores a lo que resulta razonable, como ocurre muchas veces con los llamados créditos rápidos o micropréstamos.

Dicho lo cual, el artículo 1º de la Ley de Usura establece lo siguiente:

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

(…)

Artículo 1 de la Ley de Usura

No obstante, esta ley no delimita cuándo se entiende que se dan esos requisitos, por lo que no permite saber cuándo la TAE es usuraria. Tampoco aclara en qué consiste el interés normal del dinero.

Por ello, la jurisprudencia ha tenido que pronunciarse al respecto. Y ha entendido, en primer lugar, que el interés normal del dinero es el interés normal o habitual que tiene el tipo de operación realizada, teniendo en cuenta las circunstancias del caso y la libertad existente en esta materia (sentencia del Tribunal Supremo 628/2015, de 25 de noviembre de 2015).

Añade esta sentencia otros dos aspectos de vital importancia en esta materia:

  • Para saber qué se entiende por interés normal, se puede acudir a las estadísticas que publica el Banco de España, en base a la información que mensualmente tienen que facilitarle las entidades de crédito sobre los tipos de interés que aplican a diversas modalidades de operaciones activas y pasivas.
  • El préstamo se considerará usurario si, además de ser notablemente superior al normal del dinero, el interés es manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Las circunstancias excepcionales que justifican un tipo de interés más alto de lo normal guardan relación con el riesgo de la operación, generalmente.

Otra sentencia muy importante a la hora de determinar cuándo la TAE es abusiva es la sentencia del Tribunal Supremo 149/2020, de 4 de marzo de 2020, que añadió a la doctrina anterior lo siguiente:

  • Para determinar la referencia que se tiene que utilizar como interés normal del dinero, se tiene que utilizar el tipo medio de interés que había cuando se celebró el contrato, correspondiente a la categoría de la operación de crédito cuestionada. Y si existen categorías más específicas, se deberán utilizar estas.
  • Cuanto más elevado sea el índice que se tome como referencia del interés normal del dinero, menos margen hay para incrementar el precio de la operación de crédito sin que exista usura.

¿Qué TAE es abusivo?

En resumen, para saber si la TAE es abusiva:

  1. Hay que comparar el interés de la operación con el interés legal del dinero, pudiendo acudir para ello a la información del Banco de España.
  2. Se debe tener en cuenta el tipo de interés existente en el momento de la contratación, correspondiente a la categoría de la que forme parte la operación y, en concreto, a la categoría más específica.
  3. El interés tiene que ser manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Por lo cual, el posible riesgo de la operación debe quedar acreditado, en su caso.

El caso particular de las tarjetas revolving

La doctrina anterior es de aplicación a los contratos de préstamo en general. Pero para el caso de las tarjeta revolving, existe una jurisprudencia específica que surge a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo 258/2023, de 15 de febrero de 2023, que se resume así:

  • Son usurarios los intereses en una tarjeta revolving si hay una diferencia superior a seis puntos porcentuales (6%) entre la TAE del contrato y el interés medio de este producto en el momento de su contratación.
  • Esta comparación se puede realizar teniendo en cuenta el TEDR (Tipo Efectivo de Definición Restringida) publicada por el Banco de España. No obstante, este concepto no se puede confundir con la TAE, que siempre es algo superior, al incluir comisiones.
  • Aunque en estos años el TEDR ha sido inferior a la TAE, porque no incluye comisiones, esto no es especialmente determinante. La usura exige no solo que el interés acordado supere al común del mercado, sino que lo haga “notablemente” (en cambio, si se añaden esas comisiones al TEDR, el tipo sería ligeramente superior y la diferencia con la TAE sería ligeramente menor).

Esto no significa en absoluto que no se pueda reclamar una tarjeta revolving si no existe esa diferencia entre la TAE pactada y el interés medio; no se podrá hacer por usura, pero sí se podrá reclamar por falta de transparencia, llegado el caso (si se considera que el consumidor no podía saber cuáles eran las implicaciones de contratar la tarjeta).

¿Qué consecuencias tiene que la TAE sea ilegal?

Si la TAE de un préstamo no se ajusta a la legalidad, por ser usuraria, se anula el contrato. Lo que conlleva lo siguiente:

  • El consumidor no tendrá que pagar ningún tipo de interés: ni el remuneratorio, ni el de demora. Solo el principal del préstamo (el dinero recibido) que aún no haya devuelto.
  • Las cantidades que ya haya abonado en concepto de intereses se le tendrán que devolver.

¿Cómo se puede reclamar una TAE usuraria?

Para anular un préstamo por contener una TAE usuraria, primero se puede reclamar ante el servicio de atención al cliente de la entidad que lo ha concedido, sea un banco o una financiera.

Pero es posible que esto no surta efecto, en cuyo caso no quedaría más opción que reclamar por la vía judicial, presentando una demanda ante el juzgado competente en la jurisdicción civil.

Saber identificar una TAE abusiva o usuraria y reclamarla es sumamente importante, porque este tipo de intereses elevados pueden conllevar que el consumidor no pueda pagar el préstamo, pudiendo ser incluido en ficheros de morosidad.

Y esto tendría efectos muy desfavorables, como graves dificultades a la hora de solicitar una hipoteca, la denegación de tarjetas de crédito o, en general, problemas para acceder a otros préstamos.

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