Ficheros de morosos 17/01/2025

Indemnización por inclusión indebida en ficheros en caso de suplantación de identidad

Indemnización inclusión indebida ficheros suplantación identidad

Existe un importante número de casos en los que los datos de una persona han sido incluidos de forma indebida en un fichero de morosos porque alguien ha usurpado su identidad para contratar productos financieros o suministros, y por consiguiente, al no pagar, son los datos de la persona suplantada los que van a parar al fichero de morosos.

Por tanto, en estos casos, la compañía acreedora ha ofrecido sus servicios a una persona que resulta no ser quien decía ser. Así pues, en este tipo de situaciones, se produce por un lado la comisión de un delito de usurpación del estado civil y, por otro, la inclusión indebida en un fichero de morosos.

A continuación vamos a explicar si procede una indemnización en estos casos.

¿Se puede conseguir una indemnización por inclusión indebida en ficheros de morosos por suplantación de identidad?

Sí, es posible obtener una indemnización cuando se sufre la inclusión en un fichero de morosos por suplantación de identidad, ya que se considera que ha existido una intromisión ilegítima en el derecho al honor.

El Tribunal Supremo ha establecido que rige el llamado principio de calidad de los datos, lo que significa que estos tienen que ser exactos, adecuados, pertinentes y proporcionados a los fines para los que se han recogido y tratado.

Pues bien, cuando se incluye indebidamente a una persona cuya identidad ha sido suplantada, no se cumple este principio. Es más, ni siquiera se le puede reclamar el pago de la deuda.

Y, como explicábamos, se considera que se ha infringido el derecho al honor. Hay que tener en cuenta que cuando una persona aparece en un fichero de morosos, aparentemente pasa a serlo, lo que no solo hace que pase a tener una mala imagen en el plano financiero, sino que además, le supondrá graves dificultades para acceder a financiación, entre otros posibles problemas.

En indemniza.me somos abogados especialistas en ficheros de morosos. Estudiaremos tu caso gratis y te explicaremos si puedes reclamar.

Casos de éxito de condena a una indemnización por inclusión en casos de suplantación de identidad

En nuestro propio despacho contamos con diversos casos de éxito en los que se había dado esta problemática. Es decir, hemos conseguido distintas sentencias condenando a una compañía a indemnizar a un cliente al que había incluido indebidamente en un fichero de morosos, por haberse usurpado su identidad.

Así, podemos citar los siguientes ejemplos:

  • Un caso en Valladolid en el que Curenergía (del grupo Iberdrola) fue condenada a pagar 6.414,90 euros más intereses a nuestro cliente.
  • Un caso en Vigo en el que BBVA fue condenado al pago de una indemnización de 8.000 euros más intereses.
  • Un caso en Madrid en el que Telefónica fue condenada a indemnizar a nuestro cliente con 7.500 euros más intereses.
  • Un caso en Cerdanyola del Vallés en el que ING fue condenado al pago de una indemnización de 6.000 euros más intereses a nuestro cliente.
  • Un caso en Guadalajara en el que Holaluz recibió una condena a indemnizar con 7.164,90 más intereses a nuestro cliente.

Es importante tener en cuenta que para obtener una indemnización alta, como las de los casos mencionados, no es necesario en absoluto que la supuesta deuda por la que se haya incluido al afectado en el fichero de morosos también tenga un importe elevado. 

A modo de ejemplo, en el caso en que se condenó a Telefónica a pagar 7.500 euros más intereses a nuestro cliente, la deuda que aparecía en ASNEF y BADEXCUG era de 445,44 euros.

Y es que la cuantía a la que ascienda la deuda no es el único criterio que se tiene en cuenta a la hora de calcular la indemnización, sino que intervienen otros factores no menos importantes, como por ejemplo, el número de veces que hayan sido consultados los datos de la persona indebidamente incluida.

De forma general, se tienen en cuenta los daños y perjuicios que ha causado la inclusión indebida en el fichero de morosos.

¿Qué hay que hacer en caso de inclusión indebida por suplantación de identidad?

Ante una situación de este tipo, lo primero que hay que hacer es ponerse en contacto con el propio fichero para solicitar el borrado de los datos. Sin embargo, esto no suele dar resultado, ya que suelen dar más credibilidad a las empresas que han enviado dichos datos.

Por tanto, lo siguiente será enviar un requerimiento a la empresa que ha incluido a la persona de forma indebida para que elimine sus datos del fichero, advirtiéndole de que, de lo contrario, se iniciarán acciones judiciales por vulneración del derecho al honor. Desafortunadamente, esto tampoco suele funcionar.

Es por ello que, normalmente, no queda más opción que demandar por intromisión ilegítima en el derecho al honor para reclamar el pago de una indemnización. Estas reclamaciones se resuelven en juicio ordinario.

¡Cuando quieras!

En indemniza.me somos especialistas en conseguir indemnizaciones para nuestros clientes. Nuestra experiencia nos avala. Logramos miles de indemnizaciones cada año para nuestros clientes.