Ficheros de morosos 19/10/2023

¿Cómo salir de ASNEF pagando la deuda?

¿Cómo salir de ASNEF pagando la deuda?

Aparecer en el fichero de morosos de ASNEF puede suponer graves dificultades, principalmente a la hora de solicitar financiación (un préstamo o una hipoteca). Y lo cierto es que, para salir, lo más rápido es pagar la deuda. Además, normalmente no queda más opción que hacerlo para desaparecer del listado.

No siempre es así, porque hay casos (bastantes) en los que se incumplen los requisitos para aparecer en el fichero de morosos, y no solo se puede reclamar la salida del mismo, sino que también es posible solicitar una indemnización por inclusión indebida y vulneración del derecho al honor.

Pero, como decíamos, lo más habitual es que haya que pagar la deuda para salir de ASNEF, y en este artículo vamos a explicar cómo hacerlo.

¿Qué hay que hacer para salir de ASNEF después de pagar la deuda?

En principio, el propio deudor no tendría que hacer nada, porque es la empresa acreedora quien tiene que notificar al fichero de morosos que la deuda ha sido pagada, solicitando que se borren los datos relativos a la misma, todo ello en un plazo de 10 días a partir del pago.

Una vez que ASNEF recibe esta comunicación, tiene un mes para contestar, por lo que este es el plazo máximo durante el cual pueden seguir los datos en el listado desde ese momento.

Sin embargo, también es posible que el acreedor no solicite el borrado de datos a ASNEF, aun habiéndose pagado ya la deuda. Por ello, el deudor debe en primer lugar comprobar que se ha realizado este trámite y, si no ha sido así, reclamar él mismo que se borren sus datos.

Además, si ha pasado el plazo en el que el acreedor debía solicitar a ASNEF la eliminación de la información, el deudor puede solicitar una indemnización por inclusión indebida y vulneración del derecho al honor (pudiendo cobrar una indemnización bastante alta, incluso si la deuda es pequeña).

En indemniza.me somos abogados especialistas en ficheros de morosos. Estudiaremos tu caso gratis y te explicaremos si puedes reclamar.

¿Cómo se solicita la salida de ASNEF?

Para solicitar la eliminación de datos del fichero de morosos, hay que dirigirse a ASNEF a través de esta dirección, o por el apartado de correos 10.546, 28080 Madrid.

Los datos que tienen que aparecer necesariamente en la solicitud son los siguientes:

  • Nombre y apellidos, o razón social en caso de tratarse de una empresa.
  • DNI/NIF (en el caso de las empresas, lo que antes se denominaba CIF).
  • El derecho que se quiere ejercitar, que en este caso es la cancelación de datos, y los datos que concretamente se desean cancelar.
  • Domicilio para notificaciones o correo electrónico designado.
  • Fotocopia del documento acreditativo de la identidad.
  • Documentos que acrediten el pago.
  • Fecha y firma.

¿En qué casos no hay que pagar la deuda? Requisitos para aparecer en ASNEF

Como hemos indicado anteriormente, no siempre es necesario pagar la deuda para salir de ASNEF. Existen otros casos en los que no se han cumplido los requisitos, por lo que se puede solicitar la eliminación de los datos y, además, una indemnización por inclusión indebida y vulneración del derecho al honor.

Dichos requisitos están regulados en el artículo 20 y en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), de los cuales se extrae que no hay que pagar la deuda para salir del fichero de morosos en los siguientes supuestos:

  • Si no ha sido el propio acreedor, o alguien que actúe por su cuenta o interés, quien ha enviado los datos a ASNEF.
  • Si no se trata de una deuda cierta, vencida y exigible. Puede ocurrir, por ejemplo, si ha transcurrido el plazo de prescripción de la deuda, porque en ese caso dejará de ser exigible.
  • Si el deudor ha reclamado la deuda en vía administrativa, judicial o en un procedimiento de resolución de disputas vinculante. Este es un caso expresamente contemplado en la LOPD en el que no se puede asegurar que la deuda sea cierta, ya que existe algún tipo de procedimiento en curso para, precisamente, debatir este aspecto.
  • Cuando el deudor no haya sido informado en el contrato o en el requerimiento de pago de que se le podría incluir en ASNEF
  • Si el deudor no había sido reclamado al pago de forma previa.
  • Si la entidad no ha notificado al deudor la inclusión de sus datos en el fichero de morosos, informándole sobre la posibilidad de los derechos recogidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la deuda al sistema.
  • Cuando se trate de una deuda cuya fecha de vencimiento tuvo lugar hace más de 5 años, ya que es el límite de tiempo señalado en la LOPD.
  • Si la cuantía del principal de la deuda es inferior a 50 euros. La LOPD prevé que el Gobierno pueda actualizar esta cantidad por real decreto.

¿Te han incluido indebidamente en ASNEF o no han borrado tus datos? Tienes derecho a una indemnización

En caso de que no se hayan cumplido los requisitos para incluirte en ASNEF o bien no hayan borrado tus datos después de pagar la deuda, puedes reclamar por inclusión indebida y vulneración del derecho al honor.

En indemniza.me somos especialistas en ficheros de morosidad y haremos un estudio gratuito de tu caso para valorar si te han incluido de forma legítima o no en ASNEF, y valorar si tienes derecho a recibir una indemnización.

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