Bancario Bancario 28/05/2025

¿Cuándo prescribe una deuda?

Prescripción deuda

El transcurso del tiempo puede tener importantes consecuencias legales, y ejemplo de ello es la prescripción de las deudas. Es decir, existe un límite temporal para que los acreedores puedan ejercer su derecho a reclamarlas. Superado dicho plazo, la deuda se considera extinguida a efectos legales, salvo que dicho plazo se haya interrumpido por alguna causa prevista en la ley.

No obstante, el plazo de prescripción no es siempre el mismo, ya que depende del tipo de deuda de que se trate. En este artículo explicamos cuál es el plazo de prescripción de las deudas, según su naturaleza y la normativa aplicable.

¿Cuándo prescriben las deudas?

Las deudas prescriben cuando transcurre el plazo legalmente establecido para el tipo de deuda de que se trate, en caso de que, en efecto, se señale un plazo; de lo contrario, lo hacen a los 5 años, ya que este es el plazo general de prescripción que da el artículo 1964.2 del Código Civil para aquellos tipos de deudas que no tienen un plazo legal de prescripción.

2. Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. (…)

Artículo 1964.2 del Código Civil

En indemniza.me somos abogados especialistas en reclamar microcréditos por intereses usurarios. Estudiaremos tu caso gratis y te explicaremos cuánto dinero puedes recuperar.

Plazos de prescripción de distintas deudas

A continuación vamos a ver los plazos de algunos de los principales tipos de deudas.

  • Deudas por préstamos rápidos o micropréstamos. No tienen un plazo de prescripción específico en la ley, y por tanto se aplica en plazo general de 5 años del artículo 1964.2 del Código Civil.
  • Deudas de préstamos personales. Nuevamente, se trata de un tipo de deuda sin plazo legal de prescripción señalado, por lo que se aplica el plazo general de 5 años.
  • Deudas derivadas de tarjetas de crédito. Como en los dos casos anteriores, no existe un plazo de prescripción para estas deudas en la ley, de modo que prescriben a los 5 años.
  • Deudas hipotecarias, es decir, aquellas vinculadas a acciones personales derivadas de un contrato de préstamo con garantía hipotecaria. Prescriben en el plazo de 20 años, conforme al artículo 1964.1 del Código Civil. No debe confundirse con el plazo para la ejecución hipotecaria, que sigue su régimen propio.
  • Deudas por renta de alquiler. Prescriben a los 5 años, conforme al plazo del artículo 1966.3ª del Código Civil.
  • Deudas por suministros periódicos (luz, agua, gas, etc.). También prescriben a los 5 años en aplicación del artículo 1966.3ª del Código Civil.
  • Multas de tráfico. En el caso de las infracciones leves, el plazo de prescripción será de 3 meses, mientras que para las infracciones graves y muy graves, el plazo es de 6 meses, con arreglo al artículo 112.1 de la Ley de Tráfico.
  • Deudas personales entre particulares. No tienen un plazo especial previsto, por lo que prescriben a los 5 años. Este plazo se aplica a obligaciones contractuales ordinarias (como préstamos privados, etc.).
  • Deudas con la Agencia Tributaria (AEAT). Estas deudas prescriben a los 4 años, según el artículo 66 de la Ley General Tributaria.
  • Deudas con la Seguridad Social, incluyendo cuotas impagadas. También prescriben en 4 años, conforme al artículo 24.1 de la Ley General de la Seguridad Social.
  • Las acciones por responsabilidad extracontractual, es decir, las que derivan de daños causados sin contrato (como accidentes o negligencias). Este tipo de deudas prescriben en 1 año, de acuerdo con el artículo 1968.2 del Código Civil.
  • Deudas laborales, que pueden deberse, por ejemplo, a salarios, pagas extraordinarias, horas extra o finiquitos. Tienen un plazo de prescripción de 1 año, salvo que tengan un plazo especial señalado, tal como establece el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué significa que una deuda tenga un plazo de prescripción?

El hecho de que una deuda tenga reconocido un plazo de prescripción quiere decir que el acreedor cuenta con ese plazo para reclamar la deuda, pero que se puede ver interrumpido. Así, el plazo de prescripción es un concepto distinto al plazo de caducidad, que se aplica a ciertas situaciones jurídicas y que no admite causa alguna de interrupción.

Así pues, el plazo de prescripción se interrumpe y vuelve a reiniciarse cada vez que el acreedor reclama la deuda, por cualquier medio judicial o extrajudicial, o cada vez que el deudor admite su existencia, sea de forma expresa o táctica.

Por tanto, si por ejemplo una deuda por un micropréstamo prescribe a los 5 años, esto no supone que a los 5 años del impago la deuda automáticamente no se pueda reclamar; en el momento en que la financiera realice una reclamación, el plazo volverá a contar desde cero.

Además, ello no supone que el acreedor tenga que estar constantemente reclamando, porque lo normal es que la reclamación pase por las siguientes fases:

  • Un primer intento de cobro de forma extrajudicial, que puede producirse por distintos medios, como un burofax.
  • Un siguiente intento de cobro, ya por medios judiciales. Normalmente, se empieza reclamando en juicio monitorio (cuando son deudas de naturaleza civil), y el procedimiento se puede transformar en un juicio verbal u ordinario si el deudor formula oposición al monitorio.
  • Si el deudor no paga voluntariamente, el acreedor solicita la ejecución forzosa, que deriva en el embargo de bienes del deudor. Y ya a partir de esta fase, el acreedor no tiene que hacer ninguna reclamación más, porque si en el momento actual no existen bienes o derechos que se puedan embargar al deudor para que atienda al pago de la deuda, el embargo se hará efectivo en el futuro cuando sí los tenga, haya transcurrido el tiempo que haya transcurrido.
En indemniza.me somos abogados especialistas en reclamar microcréditos por intereses usurarios. Estudiaremos tu caso gratis y te explicaremos cuánto dinero puedes recuperar.

¡Cuando quieras!

En indemniza.me somos especialistas en conseguir indemnizaciones para nuestros clientes. Nuestra experiencia nos avala. Logramos miles de indemnizaciones cada año para nuestros clientes.