Las aerolíneas no pueden negar el reembolso en una cancelación por causas del COVID-19

Desde que la mayor parte de países de nuestro entorno declarasen el estado de emergencia sanitaria por la propagación del COVID-19 las aerolíneas han venido comunicando de forma masiva a sus clientes la cancelación de la mayor parte de los vuelos contratados.
Sin embargo, un gran número de pasajeros están contactando con nosotros para conocer sus derechos ante esta situación dado que por parte de un gran número de aerolíneas la única solución que se está ofreciendo a sus clientes es la entrega de un cupón de viaje en lugar de la devolución del billete.
Pero ¿cuáles son los derechos del pasajero en caso de cancelación del vuelo por coronavirus?
El pasajero tiene derecho al reembolso del coste íntegro del billete por el precio que se compró en un plazo de 7 días y además, cuando proceda, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible (en el caso de que la cancelación te haya pillado en tránsito) o bien, si existe la posibilidad y el pasajero lo interesa: un transporte alternativo al destino lo antes posible, o bien, en fecha posterior que convenga al pasajero en función de los asientos disponibles
Es el pasajero quien puede elegir entre la devolución del precio del billete o un transporte alternativo.
En definitiva, la aerolínea no puede imponer la devolución a través de un cupón de viaje. Menos aún entregar dichos cupones con fecha de caducidad. Esta solución solo será válida si el pasajero la acepta expresamente.