¿Compraste un coche o un electrodoméstico y te ofrecieron la comodidad de financiarlo mediante una tarjeta en cómodos plazos?
Entonces es probable que hayas sido víctima de la conocida Tarjeta Revolving.
¿Compraste un coche o un electrodoméstico y te ofrecieron la comodidad de financiarlo mediante una tarjeta en cómodos plazos?
Entonces es probable que hayas sido víctima de la conocida Tarjeta Revolving.
Hoy os compartimos una buena noticia: desde indemniza.me hemos conseguido otra sentencia favorable en la que el Juzgando nº 2 de Primera Instancia de Granada nos da la razón en una reclamación por usura a una tarjeta revolving Wizink.
Hace aproximadamente 5 años que lanzamos indemniza.me. Lo que arrancó como una ‘prueba de concepto’ que empujamos en nuestros ratos libres ha terminado como una pequeña empresa con oficina, empleados, un gran equipo de abogados siguiendo los casos de nuestros clientes, varias líneas de negocio abiertas y millones de euros en indemnizaciones en los juzgados esperando a ser devueltos a los afectados por aerolíneas y bancos.
En los últimos años han sido muchos los consumidores que han demandado a los bancos por sus contrataciones abusivas.
Principalmente se debe a que los bancos ofrecen sus contratos y productos mediante cláusulas ya redactadas por la propia entidad bancaria. Es decir, mediante cláusulas no negociadas individualmente con el cliente.
La usura consiste en el cobro de intereses muy elevados en un préstamo o cualquier operación equivalente a un préstamo de dinero.
En este caso, hablamos de intereses usurarios. Concepto muy relacionado con el de intereses abusivos, aunque diferente.
El término “interés usurario” se aplica a los intereses remuneratorios, que es el precio que hay que pagar por recibir dinero a préstamo.
Sin embargo, el término interés abusivo se aplica a los intereses de demora o moratorios, que es la indemnización que paga el deudor al acreedor por el impago de una deuda.
En el ámbito jurídico, la usura no sólo se refiere a los intereses excesivos y desproporcionados sino, en general, al precio desorbitado del préstamo.
El pasado 21 de diciembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia histórica. Da la razón a los clientes en el caso de las indemnizaciones de las cláusulas suelo abusivas. Las entidades tendrán que devolver todo lo que los clientes han abonado de más durante la vida del préstamo hipotecario y no solo a partir del 9 de mayo de 2013, como fijó el Tribunal Supremo español.
Recientemente, el Tribunal Supremo ha dictado una Sentencia que permitirá a millones de españoles recuperar todos los gastos en su día pagados para la constitución e inscripción de su hipoteca.
Se trata de la Sentencia del Pleno de la Sala 1ª (Civil) nº 705/2015 de 23 de diciembre de 2015
Como se trata de una Sentencia del Pleno, crea jurisprudencia, es decir, que vincula a los Tribunales de rango inferior cuando se enfrentan a situaciones similares.
A continuación te explicaremos qué es exactamente lo que el Tribunal Supremo ha declarado abusivo y nulo, los motivos para ello, su consecuencia y finalmente, qué puedes hacer para recuperar ese dinero que en su día pagaste por firmar tu hipoteca y que en realidad debió haber pagado tu Banco.